La fiabilidad es un obstáculo principal para las transacciones humanas. La ley ha contribuido clásicamente a llenar ese vacío proporcionando reconocimiento legal y ejecución de las negociaciones descritas con suficiente detalle y especificidad: un "contrato". Aunque tradicionalmente se establecen por escrito, los planos de nuestros tratos se establecen cada vez más en código informático. En su forma más simple, destinada a obtener la fiabilidad de la automaticidad, los llamados "contratos inteligentes" han surgido como técnicas para automatizar transacciones relativamente sencillas, "en cadena". La contratación más compleja mediante código se suele denominar "contratación computable", y también están surgiendo plataformas y técnicas para ello.
En los dos últimos decenios, muchos de nuestros sistemas jurídicos tradicionales y "heredados" de todo el mundo han reconocido los contratos expresados en código, en su totalidad o en parte, siempre que cumplan los requisitos establecidos para las negociaciones ejecutables. En los Estados Unidos, la UETA y la doctrina de la incorporación por referencia son fuentes importantes de derecho. Este reconocimiento ha abierto el campo al desarrollo ulterior de la contratación de programas informáticos.
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- La fiabilidad es un obstáculo principal para las transacciones humanas.
- La ley ha ayudado clásicamente a llenar ese vacío proporcionando reconocimiento legal y ejecución de las negociaciones descritas con suficiente detalle y especificidad: un "contrato".
- Mientras que tradicionalmente se establece por escrito, los planos de nuestros tratos se establecen cada vez más en código informático.
- Los llamados "contratos inteligentes" han surgido como técnicas para automatizar transacciones relativamente simples, "en cadena".
- La contratación más compleja a través del código se denomina a menudo "contratación computable", y también están surgiendo plataformas y técnicas para ello.
- Muchos de nuestros sistemas jurídicos tradicionales y "heredados" de todo el mundo han dado reconocimiento a los contratos expresados en código, en su totalidad o en parte, siempre que cumplan los requisitos establecidos para las negociaciones ejecutables.
- En los Estados Unidos, la UETA y la doctrina de la incorporación por referencia son fuentes importantes de derecho para dar reconocimiento a los contratos expresados en código.
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