En agosto de 2021, Brasil promulgó la Ley de Sociedades Anónimas del Fútbol, un desarrollo crucial para la industria del fútbol en el país. Esta legislación facilitó la transformación de varios clubes de fútbol, pasando de asociaciones civiles (sin fines de lucro) a sociedades anónimas, y marcó el inicio de una nueva era para el fútbol brasileño. En los últimos años, grupos e personas influyentes como el City Football Group, 777 Partners, John Textor, Ronaldo 'Fenômeno', entre otros, se han convertido en accionistas de clubes brasileños, dando forma a un nuevo panorama en la industria. Este trabajo ofrece un examen de las principales características de las Sociedades Anónimas del Fútbol y cómo el ambiente de negocios en el fútbol brasileño ha evolucionado desde la promulgación de la ley en 2021. El trabajo tiene como objetivo capacitar a los interesados para que naveguen por las complejidades de las sociedades anónimas del fútbol en Brasil e identifiquen posibles oportunidades de desarrollo de negocio.
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Las Sociedades Anónimas del fútbol en Brasil: evolución y perspectivas
En agosto de 2021, Brasil promulgó la Ley 14.193/2021, también conocida como la "Ley de Sociedades Anónimas del Fútbol", un desarrollo crucial para la industria del fútbol en el país. Esta legislación facilitó la transformación de varios clubes de fútbol, pasando de asociaciones civiles (sin fines de lucro) a sociedades anónimas, y marcó el inicio de una nueva era para el fútbol brasileño. Según datos públicos disponibles en la base de datos del Registro Público Mercantil brasileño, hasta ahora, más de 65 clubes en todo el país han adoptado este modelo. Entre ellos, grupos y personas influyentes como City Football Group, 777 Partners, John Textor, Ronaldo 'Fenômeno', entre otros, se han convertido en accionistas de clubes brasileños, dando forma a un nuevo panorama en la industria.
A pesar de la nueva legislación, es crucial enfatizar que la adopción de este formato específico no es obligatoria para los clubes de fútbol brasileños. Desde versiones anteriores de las regulaciones deportivas en Brasil (como la Ley Pelé – Ley 9.615/1998), los clubes en Brasil han retenido la autonomía para decidir su estructura organizativa. Por lo tanto, ¿qué ha llevado al aumento en la creación o transformación de clubes de fútbol en sociedades anónimas del fútbol en Brasil? ¿Cuáles son las especificidades de tal modelo en comparación con los anteriores que crean tales incentivos?
La Sociedad Anónima del Fútbol (popularmente conocida como “SAF” en Brasil) es una entidad corporativa dedicada exclusivamente a la práctica profesional del fútbol (y solo fútbol), abarcando obligatoriamente ambas categorías, masculina y femenina. Más allá de su enfoque principal, la SAF puede aventurarse en otras actividades relacionadas con el fútbol, incluida la capitalización de activos de propiedad intelectual vinculados al deporte y la gestión de propiedades inmobiliarias asociadas al fútbol, como estadios y centros de entrenamiento.
Según lo previsto en la Ley de Sociedades Anónimas del Fútbol, hay cuatro métodos principales para crear una SAF en Brasil: (i) transformar un club ya existente en una SAF; (ii) segregar el departamento de fútbol de un club existente y posteriormente transferir sus activos centrados en el fútbol a la SAF; (iii) crear una nueva persona jurídica independiente de cualquier club existente; o (iv) que el club original suscriba todas las acciones del capital social de la SAF y lo pague con activos relacionados con el fútbol. A partir de estos diferentes modelos, queda claro que se puede crear una SAF en Brasil (a) desde cero o (b) mediante el uso de un club preexistente.
Al tratar de SAFs creadas a través de clubes de fútbol preexistentes, la Ley de Sociedades Anónimas del Fútbol creó aspectos de gobernanza específicos, además de los establecidos por la legislación aplicable a las sociedades anónimas en Brasil. Una característica única dentro de este marco es el 'voto afirmativo' perpetuo otorgado al club original sobre decisiones vitales a tomar dentro de la SAF, como eventuales cambios en el nombre del club, ajustes a identificadores fundamentales – incluidos símbolos, himnos y colores – y la reubicación de la sede a una ciudad diferente. La intención detrás de esta estructura es salvaguardar las tradiciones del club, otorgando a la institución original el poder de resistir cambios importantes que entren en conflicto con su historia después del establecimiento de una SAF.
En una era marcada por intensos debates en torno al paradigma de la multipropiedad de clubs, la Ley de Sociedades Anónimas del Fútbol brasileña también introduce salvaguardas contra posibles conflictos de interés. Notablemente, la legislación prohíbe que el accionista controlador de una SAF posea o adquiera, directa o indirectamente, participación alguna en otra SAF brasileña. Además, si un accionista, sin poseer el control societario de una SAF, posee al menos el 10% de su capital social y también tiene acciones en otra SAF, se prohíbe a dicho accionista participar en las asambleas generales o en la gestión de ambas entidades.
Desde el punto de vista financiero, en un movimiento estratégico para fomentar vías innovadoras de recaudación de fondos para las SAFs en Brasil, la legislación también introdujo un instrumento financiero a medida denominado "debentures del fútbol". El objetivo de esta medida legislativa era crear una estructura de financiación única para las SAFs brasileñas, enriquecida con características específicas, como normas relativas a la periodicidad y el importe mínimo de la remuneración que debe pagarse a los propietarios de dichos títulos. Aunque el anteproyecto de ley sugería un marco fiscal diferenciado para este instrumento financiero, la versión final del proyecto de ley vio vetada esta estructura fiscal. En consecuencia, esta acción disminuyó el atractivo y la ventaja competitiva de las "debentures del fútbol" en comparación con otros modelos financieros consagrados en la Ley de Sociedades Anónimas brasileña (Ley 6.404/1976) y la legislación conexa. No obstante, las propias SAFs se beneficiaron de un régimen fiscal simplificado conocido bajo la ley brasileña como el Régimen de Tributación Específica para el Fútbol, que simplifica la recaudación de varios impuestos para las SAFs en un único documento y establece tasas de impuestos especiales para los clubes que se adhieren al modelo, creando un incentivo adicional para la adopción de dicha estructura.
En cuanto a la sucesión y las responsabilidades, la Ley de Sociedades Anónimas del Fútbol de Brasil ha establecido disposiciones específicas para manejar el flujo de obligaciones entre los clubes originales y las SAFs. Según sus disposiciones: (i) las SAFs pueden continuar participando en torneos en lugar de los clubes originales sin sufrir desventajas deportivas; (ii) estas SAFs se consideran sucesoras en las relaciones contractuales con deportistas profesionales previamente establecidas por el club original; (iii) la SAF no será responsable de las deudas y obligaciones del club original, excepto por aquellas que se les asignen explícitamente; y (iv) en todos los asuntos administrativos, la SAF es reconocida como el sucesor directo del club original.
El tercer punto arriba es particularmente innovador dentro del contexto brasileño, ya que históricamente, muchos clubes de fútbol brasileños han luchado con deudas significativas. Al instituir esta disposición, la legislación brasileña proporciona un mecanismo para proteger a las SAFs recién formadas de las cargas financieras pasadas, inyectando nueva vida a la industria del fútbol y potencialmente asegurando la supervivencia de los clubes brasileños tradicionales. No obstante, hay que destacar que esta estructura legal podría dar lugar a retrasos o complicaciones con respecto a los pagos a los acreedores de los clubes originales, ya que los clubes retienen sus deudas mientras sus activos generadores de ingresos asociados con el fútbol se transfieren completamente a la sociedad anónima del fútbol. En este sentido, para manejar estas cargas financieras, la Ley de Sociedades Anónimas del Fútbol de Brasil presenta dos caminos distintos para el club original: (i) una reorganización supervisada por el tribunal, según lo previsto en la Ley de Quiebras de Brasil (Ley 11.101/2005), y (ii) el Régimen Centralizado de Ejecuciones, un procedimiento que, aunque algo similar a la insolvencia, está diseñado específicamente para los clubes que transfieren sus operaciones futbolísticas a una SAF y que funciona como una asamblea de acreedores en la que todas las ejecuciones de créditos contra un club, así como sus ingresos, se centralizan en una única jurisdicción supervisada por un tribunal brasileño.
Este tipo de mecanismo específico para resolver deudas en el deporte, ya sea aplicable a uno o a varios deportes, es algo único de Brasil, ya que la mayoría de los demás países se adhieren generalmente a sus marcos estándar de quiebra e insolvencia. El enfoque a medida de Brasil parece ser un contrapeso a: (i) las ventajas significativas ofrecidas a las sociedades anónimas del fútbol (dado que están exentas de heredar las deudas de los clubes originales) y (ii) los desafíos significativos enfrentados por los clubes originales, agobiados por las deudas y despojados de activos clave generadores de ingresos.
Indudablemente, el nuevo marco introducido por la Ley de Sociedades Anónimas del Fútbol en Brasil ha atraído un interés significativo de inversores en clubes brasileños, en algunos casos rescatándolos, literalmente, de deudas abrumadoras. Esto ha llevado a una mayor disponibilidad de capital para inversión y sofisticación de la estructura del fútbol brasileño. En el FIFA Global Transfer Report 2023, recientemente publicado, una tendencia interesante destacada en el ranking de clubes que más gastaron en la región de la CONMEBOL es que, de los 6 clubes brasileños listados en el top 10, 4 son clubes que han sido transformados recientemente en sociedades anónimas del fútbol o utilizan una estructura similar. Esto demuestra que el modelo, efectivamente, ha dado lugar a una mayor disponibilidad de inversión para algunos de los clubes que lo adoptaron.
Sin embargo, persisten desafíos y vías de mejora en Brasil. Un aspecto incierto, por ejemplo, es la exención otorgada a las sociedades anónimas del fútbol de heredar las deudas y obligaciones de sus clubes predecesores. Esta disposición contrasta claramente no solo con otros sistemas legales, sino incluso con los principios legales brasileños y no debe ser mal utilizada como una vía para institucionalizar la evasión de deudas, especialmente considerando las luchas financieras históricas de los clubes de fútbol brasileños. Cómo será interpretada esta regla, tanto por los tribunales domésticos brasileños como por organismos deportivos internacionales, como la FIFA y el TAS, sigue siendo un asunto de gran interés. En este sentido, es crucial que las salvaguardas y mecanismos incorporados en la Ley de Sociedades Anónimas del Fútbol Brasileñas, como el Régimen Centralizado de Ejecuciones, operen de manera efectiva. Su objetivo principal debería ser revitalizar la industria del fútbol en su conjunto, fomentando el crecimiento, pero sin descuidar a los acreedores de los clubes, quienes han sido espectadores inocentes de la mala gestión histórica que llevó a los clubes brasileños a su actual precipicio financiero. El futuro tiene la respuesta, mientras que el presente ofrece excelentes oportunidades para nuevas inversiones en el fútbol brasileño.
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