Entrevista a Oriol Valentí y a Miguel Pereira, dos abogados del prestigioso equipo de arbitraje internacional de Cuatrecasas
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The Impact Lawyers tiene el placer de publicar una entrevista realizada a Oriol Valentí Vidal y Miguel Pereira Da Silva
Oriol es Asociado Principal de Cuatrecasas, es especialista en arbitraje nacional e internacional. Miguel también es Asociado Principal de Cuatrecasas y está especializado en la resolución de conflictos judiciales y extrajudiciales y ha participado en litigios civiles y mercantiles, concretamente, en arbitrajes y mediaciones nacionales e internacionales. Tanto Oriol como Miguel han sido seleccionados recientemente para integrar el grupo de coordinación de CEA-40 (Club Español de Arbitraje).
Oriol: Creo que es todavía pronto para disponer de datos fiables al respecto, pero mi impresión – compartida con compañeros de Cuatrecasas y otros expertos en la materia – es que sin duda la pandemia marcará un antes y un después en el modo que tenemos de resolver las disputas comerciales.
En España, por ejemplo, la aprobación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que declaró el estado de alarma por la crisis del Covid-19, suspendió los plazos procesales y los señalamientos judiciales para todos los órdenes jurisdiccionales salvo para actuaciones consideradas esenciales. Esto significó que, hasta el 4 de junio de 2020, cuando se alzó la suspensión de plazos procesales, los procedimientos de naturaleza comercial estuvieron absolutamente paralizados, con el consiguiente perjuicio económico para las partes. A ello hay que añadir el retraso endémico en la tramitación de los procedimientos en la jurisdicción civil (en 2019, la duración media de un procedimiento ordinario en primera instancia fue de 17 meses), que es fruto, entre otros, de la combinación de tener uno de los ratios de jueces por ciudadanos más bajos de la UE y una elevada tasa de litigiosidad (en 2018, a cada juez o magistrado le ingresaron de media 1.133,8 asuntos nuevos).
Ante esta situación límite, cada vez son más las empresas – de tamaños y sectores económicos varios – que han optado por iniciar procedimientos arbitrales y/o de mediación para solucionar sus controversias. A ello ha contribuido, sin duda, que estos medios alternativos de resolución de disputas no se han paralizado estos últimos meses por la flexibilidad de la que gozan y el esfuerzo evidente de las instituciones arbitrales por impulsar los procedimientos y adaptarse a las cambiantes circunstancias. Buenos ejemplos de ello son la “vía rápida de resolución arbitral, o de mutuo acuerdo, de conflictos a consecuencia de Covid-19” que ha creado el Tribunal Arbitral de Barcelona (TAB) o el apoyo decidido a la celebración de audiencias virtuales por parte de la Corte de Arbitraje de Madrid (CAM).
Miguel: Pese a estar representando a clientes en arbitrajes que no se hubiesen iniciado si no fuese por la pandemia, no dispongo aún de suficientes datos para saber si ésta generará un aumento sistémico de procedimientos arbitrales. La historia nos demuestra que, por lo general, las crisis derivan en un aumento de procedimientos arbitrales. No creo que esta crisis vaya a ser distinta, pero lo veremos con el paso del tiempo.
Dicho esto, es evidente que la pandemia ha afectado a muchas relaciones contractuales y ha generado numerosas disputas que las empresas han tratado de resolver amigablemente. Muchas lo han logrado sin recurrir a un proceso adjudicativo, pero es razonable esperar que algunos conflictos acaben resolviéndose a través de un arbitraje u otra vía de resolución de conflictos.
Por otro lado, la pandemia ha irrumpido en un período de crecimiento económico durante el cual se han suscrito y se seguirán suscribiendo numerosos contratos e inversiones. Es probable que muchos de estos contratos contengan cláusulas arbitrales, provocando que el aumento en el número de operaciones afectadas conlleve un incremento en el número de arbitrajes.
Oriol: Respecto las instituciones arbitrales españolas, que es la parte que mejor conozco, la respuesta es un “sí” rotundo. El TAB, la CAM o CIMA, entre otras, se han adaptado de manera muy rápida a la nueva situación sanitaria y permiten la celebración de audiencias procesales y de prueba de manera virtual. Al igual que el resto de instituciones arbitrales internacionales de prestigio, la mayoría de las cortes españolas de arbitraje han aprobado protocolos en los que se incluyen recomendaciones variadas para una óptima experiencia – y con todas las garantías – en el entorno virtual.
Personalmente tuve una muy buena experiencia con la CAM durante los meses de mayo y junio de 2020. Mientras los procedimientos judiciales seguían suspendidos en todo el país, participé en dos arbitrajes internacionales en los que la CAM puso todas las facilidades para que pudiéramos celebrar sendas audiencias de prueba por Zoom con éxito: nueve conexiones remotas, testigos y peritos declarando desde distintas localidades y lenguas, medidas de seguridad y confidencialidad reforzadas, testeos de la tecnología empleada, etc.
Miguel: En Portugal, al igual que ha ocurrido con la mayoría de las principales instituciones arbitrales, como por ejemplo la ICC y la LCIA, la principal institución arbitral, el Centro de Arbitragem Comercial da Câmara de Comércio e Indústria Portuguesa, se ha adaptado con rapidez.
Debido a la pandemia, todos nos hemos visto obligados a adaptarnos a medios virtuales prácticamente de la noche a la mañana. Los procedimientos virtuales presentan algunos retos logísticos complicados para las partes y los abogados, puesto que requieren realizar muchas pruebas y contratar servicios adicionales, sobre todo para las audiencias. Aun así, en mi experiencia, el cambio al entorno virtual ha sido un éxito y las instituciones arbitrales, particularmente las que han publicado pautas y recomendaciones a estos efectos, han tenido un papel fundamental en facilitar el trabajo de todos.
También será interesante ver qué ocurre cuando termine la pandemia y los procedimientos virtuales ya no sean necesarios, sino una opción para las partes.
Oriol: En mi opinión, un buen árbitro debe ser una persona analítica que pueda entender las complejidades jurídicas y fácticas de los casos que enjuicia, pero también intuitiva y con inteligencia emocional para desentrañar la verdad material de la disputa – una habilidad especialmente relevante en los interrogatorios que se producen durante las audiencias de prueba. A lo anterior le añadiría que un buen árbitro debe tener la disponibilidad de tiempo que cada caso exige; debe ser entusiasta, trabajador y que no le dé miedo arremangarse cuando las circunstancias lo requieran; y, muy importante, que sea de una reputación deontológica y ética intachable.
Creo también que un buen árbitro debe hacer bueno el refrán de “puño de hierro en guante de seda”, esto es, entender que las partes son dueñas del procedimiento arbitral y, por ello, aceptar los acuerdos razonables que alcancen al respecto, pero a su vez saber imponer su criterio cuando resulte necesario. Ello requerirá, por supuesto, estudiar el caso tanto como los representantes de las partes y tratar con respeto y deferencia a todos los intervinientes en el procedimiento en cuestión.
Miguel: Se dice a menudo que la calidad del arbitraje equivale a la calidad del árbitro. Tal vez suena a cliché, pero la afirmación es cierta, y eso obliga a todo buen árbitro a elevar el listón de la exigencia.
Para empezar, un buen árbitro debe inspirar confianza a las partes, demostrando su autonomía, imparcialidad y, sobre todo, una ética intachable.
Además, desde un punto de vista técnico, un buen árbitro debe contar con experiencia y con una sólida formación en asuntos de arbitraje porque además de saber gestionar los aspectos más mundanos del arbitraje de un modo eficiente y efectivo, debe tener las competencias para evitar y, de ser necesario, afrontar posibles situaciones complejas, particularmente aquellas que ponen en peligro la integridad del proceso arbitral.
Otro rasgo de un buen árbitro que valoro es la habilidad de mantener informadas a las partes sobre los asuntos de hecho y de derecho que considere importante que éstas aborden. Se podría argumentar que ese trabajo corresponde a los abogados, pero en realidad supone una diferencia sustancial para el proceso que el árbitro te informe sobre los aspectos concretos en los que quiere que te enfoques.
También me parece fundamental que los árbitros sean humildes y diligentes, en el sentido de que siempre deben tener presente que, aunque un conflicto no tenga un gran impacto mediático o no suponga un hito en su carrera profesional, la gran mayoría de arbitrajes son para las partes involucradas, asuntos críticos y además porque se trata de un servicio costoso.
Oriol: La verdad es que estoy muy contento. Me ilusiona poder representar y trabajar para un grupo de jóvenes tan heterogéneo y dinámico como el del CEA-40. De alguna manera, también siento que esta posición conlleva una responsabilidad importante: es trabajo de todos, pero especialmente de los coordinadores, mantener al CEA-40 como un grupo de referencia en la comunidad arbitral internacional. De ahí que, como coordinador, quiera exprimir al máximo las oportunidades que se nos van a presentar en estos tiempos complejos.
Por otro lado, formar parte del grupo de coordinación del CEA-40 para el bienio 2021-2022 también supone convertirse en depositario de una tradición, un legado o una manera de hacer de anteriores coordinaciones. Por ello, creo que el reto pasa por conservar el muy buen trabajo de los antiguos coordinadores y a la vez aportar nuestro grano de arena, de modo que nos podamos convertir en un eslabón más de una larga cadena de personas que han trabajado para que el CEA-40 sirva de punto de encuentro entre personas jóvenes que practican el arbitraje en castellano, portugués o con un componente iberoamericano.
Miguel: Me siento feliz de formar parte de un grupo que engloba tanto talento y, para ser totalmente honesto, me honra contar con esta oportunidad. Siempre he considerado que el CEA-40 es una de las organizaciones de jóvenes más importantes, sino la más importante, de la Península Ibérica y quizás de Latinoamérica, por lo que siento una gran responsabilidad al asumir este cargo. También me alegra saber que sigo los pasos de otros abogados que asumieron el mismo cargo anteriormente y que son referentes en mi carrera profesional.
En el 2016, estuve viviendo y trabajando en Madrid. Por aquel entonces, el CEA-40 jugó un papel relevante en mi carrera profesional porque me permitió conocer a profesionales que admiraba, aprender de ellos, y forjar alguna amistad. Siento que ahora tengo la oportunidad de devolver y aportar mis conocimientos a una comunidad que siempre me ha acogido calurosamente.
Oriol: Más que importante, diría que es fundamental que existan en el sector legal – y, a los efectos de este argumento, en cualquier actividad profesional – organizaciones como el CEA-40. Sin el Club u otros foros equivalentes, a los jóvenes abogados que nos dedicamos al arbitraje y a la mediación en Iberoamérica nos faltaría un lugar de encuentro en el que poder compartir nuestras experiencias e inquietudes, aprender los unos de los otros y de nuestros mayores y, en definitiva, acompañarnos en nuestro desarrollo profesional.
Además, las necesidades que tenemos los abogados menores de 40 años en ámbitos como la formación y el networking son distintas de las de los abogados con más experiencia. De ahí que una organización como el CEA-40, pensada por y para jóvenes profesionales, pueda ofrecer soluciones específicas a este concreto público. Por no mencionar el hecho de que los -40 podemos aportar una mirada nueva, más diversa, a los problemas de siempre, por lo que foros como este permiten canalizar estas inquietudes, propuestas y necesidades.
Miguel: Muchas organizaciones como el CEA-40 se centran en conectar a profesionales, brindándoles la oportunidad de aprender unos de los otros. Este tipo de organizaciones son importantes tanto para los jóvenes abogados como para el sector legal en su conjunto porque permiten difundir ideas que propician la innovación y aseguran una comunidad más sólida e instruida.
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