23 July 2021
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Entrevista a Rocío González, Directora Jurídica y Coordinación de Jurídicas de la Universidad de Montemorelos

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The Impact Lawyers publica un serial de entrevistas a decanos de las facultades de Derecho más importantes del mundo. En esta ocasión, Rocío González Cepeda, Directora Jurídica y Coordinación de Jurídicas de la Universidad de Montemorelos (México) responde a las preguntas de esta entrevista

 

1. ¿Cuáles son las principales diferencias entre los métodos de enseñanza utilizados en los estudios de derecho en las principales universidades del mundo que conoces?

Es importante responder, en la enseñanza del derecho, a las siguientes preguntas: ¿cuál es el método adecuado?, ¿cuál es el que dará mayor resultado y ayudará de manera definitiva para lograr un mejoramiento del proceso de enseñanza aprendizaje? De manera general, un buen método debe cumplir con ciertos lineamientos:

1. El método debe estar en correspondencia con los objetivos y con el nivel científico del Derecho.

2. Debe garantizar que paralelamente a la adquisición de conocimientos, se desarrolle un sistema de capacidades y hábitos necesarios para la actividad intelectual en beneficio de la colectividad.

3. Debe estimular la actitud productiva y creadora en el proceso de enseñanza aprendizaje, y motivar el desarrollo de los intereses cognoscitivos.

4. Propiciar la actividad y la independencia cognoscitiva.

5. Desarrollar cualidades de carácter acordes con un pensamiento a favor de la colectividad.

6. Enseñar al alumno a aprender, colocarlo en un método de conocimiento y pensamiento científico en donde su interés por investigar esté vinculado permanentemente.

7. Vincular a la escuela con la colectividad [1]. 

La aplicación de diferentes métodos de aprendizaje en la enseñanza del Derecho, proporciona estrategias para que los estudiantes adquieran el conocimiento, como lo son: aprendizaje basado en Proyectos (ABP), aprendizaje basado en estudio de casos, aprendizaje basado en simulación, aprendizaje basado en experiencia (colocar a los estudiantes en escenarios reales), aprendizaje basado en aula invertida (flipped classroom), aprendizaje basado en cooperación (trabajo colaborativo), aprendizaje basado en el pensamiento (Thinking based learning); todas estas estrategias o metodologías aplicadas, conducen a lograr el objetivo principal que es: la obtención de conocimiento enriquecido, por parte del estudiante de Derecho, basado en experiencias, en servicio y en resolución de problemas.

 

2. En vista de la transformación legal en curso, ¿cree que deberían impartirse diferentes materias, como la gestión, la gestión empresarial o las habilidades tecnológicas?

La educación en general debería ser integral. En particular la enseñanza del derecho es importante que se impartan, además de las materias disciplinares, aquellas que aporten a la realidad social que vivimos, los alumnos deberán adquirir conocimiento multidisciplinar, la gestión empresarial y las habilidades tecnológicas son muy importantes, desarrollar un plan de negocios así como el manejo de herramientas tecnológicas son vitales actualmente para el profesional del Derecho. Actualmente, por la situación de la pandemia que aqueja al mundo, la utilización de la tecnología ha venido a revolucionar la aplicación del Derecho, desde la presentación de demandas o denuncias hasta audiencias de juicio de manera virtual; esto nos conduce a que debiese ser parte del plan de estudios del futuro profesional del Derecho.

Las competencias que debieran adquirir los estudiantes de Derecho, además de la principal que es el Litigio, debiese estar la de “resolución de conflictos” mediante los mecanismos alternativos como los son la mediación, la negociación, la conciliación, la justicia restaurativa…enseñar derecho no enfocado únicamente en el litigio, si no en otros métodos que permita al profesional del Derecho a ser facilitador en la solución de conflictos.

 

3. En su opinión, ¿es recomendable que los estudiantes de Derecho se especialicen en un área específica del derecho estando todavía en la universidad o, por el contrario, cree que la especialización es un proceso que debe seguirse después de graduarse?

El Derecho es tan amplio como el universo, en la gran mayoría de las situaciones, el estudiante desconoce todas las áreas del Derecho, por lo que es importante que mientras estudie obtenga conocimiento de cada una y mediante las prácticas profesionales (mientras estudia) enriquezca su conocimiento en escenarios reales, así el estudiante podrá encontrar el área que sea afín a sus objetivos futuros o que le apasione desarrollarse, buscando la especialización al graduarse (esto funciona muy bien cuando el alumno tiene la convicción de ser abogado, pero desconoce las áreas del Derecho); no obstante, hay estudiantes que saben que se dedicarán a determinada materia del Derecho, allí creo que si funcionaría un plan de estudios especializado. Las instituciones que ofrecen la licenciatura en Derecho con énfasis en finanzas, en ciencias sociales o jurídicas, lo cual permite que el futuro abogado egrese con cierta especialidad, que deberá ir perfeccionando al egresar de la carrera.

 

4. ¿Cree que es aconsejable que los abogados en ejercicio formen parte del profesorado de las universidades, o cree que es mejor que los profesores universitarios se dediquen exclusivamente a la formación?

Creo, desde mi personal experiencia, que el aporte es valioso y enriquece la transmisión del conocimiento cuando el profesorado está en ejercicio (práctica profesional); no obstante, también aquellos profesores enfocados exclusivamente a la academia aportan al conocimiento al vincular a los estudiantes a la investigación jurídica como parte integral de su formación y despertar el interés por la investigación y el aporte a la ciencia jurídica.

 

5. En promedio, ¿cuánto tiempo le toma a un recién graduado de derecho encontrar un trabajo en su país?

Ha sido muy rápido, de acuerdo con la experiencia que tenemos con nuestros egresados, es que donde efectúan el servicio social, les ayuda a vincularse laboralmente con la institución.

 

6. En su opinión, ¿qué sistemas jurídicos son más eficaces, los basados en el "Common Law" o los basados en la influencia del "Derecho Civil"?

Creo que ambos tienen ventajas y desventajas… son sistemas basados de acuerdo a la cultura… pues en el Common Law se base en asuntos particulares y de allí se elabora el principio general, mientras que en el Derecho Civil va de leyes o normas generales aplicables a casos particulares. El primero es muy flexible, donde el juzgador puede resolver basado en apreciaciones no estrictamente jurídicas, como se hace en el derecho civil.

 

7. ¿Qué sanciones se imponen a los estudiantes sorprendidos haciendo trampa en su universidad?

Nuestra institución está basada en valores y nosotros, desde la escuela fomentamos la ética personal, pero de manera intencionada la ética profesional en el plan de estudios. La legislación sanciona la deshonestidad: 

Artículo 52. De la integridad académica. El estudiante no debe:

 1. Dar, recibir, solicitar o proporcionar información académica que esté siendo evaluada, por ningún medio físico ni electrónico.

2. Plagiar, engañar o falsificar en la elaboración de trabajos o investigaciones.

3. Negar o falsificar su identidad. 

Artículo 53. De la alteración de registros. La alteración de registros, sean estos académicos, estudiantiles, financieros o laborales, es considerada como una falta grave.

Artículo 90. De los Tipos de Sanciones. Los alumnos cuya conducta contravenga los principios expresados en este reglamento, podrán ser acreedores a las siguientes sanciones: apercibimiento, amonestación, condicionalidad, suspensión o pérdida de su apoyo financiero y servicio becario, suspensión temporal de estudios, y/o no aceptación.

Artículo 97. De los motivos de suspensión. La violación de los siguientes artículos del Reglamento Estudiantil de la Universidad de Montemorelos puede ser causa de suspensión. Artículos: 3 De la abstención total de sustancias nocivas para la salud; 7 De los deportes no permitidos; 43 De las manifestaciones de acoso; 44 Del hostigamiento (bullying); 46 De la abstención de manifestaciones físicas de afecto 47 De los encuentros en lugares solitarios; 51 De la lectura de literatura nociva del estudiante; 52 De la integridad académica; 53 De la alteración de registros; 54 Del fraude y robo;

 

8. Por último, ¿cómo definiría el principio de equidad?

Es dar a cada uno lo que le corresponde de acuerdo con sus condiciones.

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