Decisión de la petición de la USPTO: el derecho de patente en los EE.UU. se limita a las personas físicas
El 27 de abril de 2020, la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos (USPTO) publicó una decisión de petición que establece que no es legal que los sistemas de Inteligencia Artificial (IA) se incluyan o acrediten como inventores en una solicitud de patente de los Estados Unidos. En virtud de la legislación vigente, sólo las personas físicas pueden ser nombradas como inventores de patentes, limitando la invención a los seres humanos y excluyendo los sistemas de IA, al menos por el momento.
Andrei Iancu, Director de la USPTO, afirma en su página web que "una de las principales prioridades del organismo es asegurar que los Estados Unidos mantengan su liderazgo en la innovación, especialmente en las tecnologías emergentes como la inteligencia artificial (IA)". Con ese fin, la USPTO ha colaborado activamente con la comunidad de la innovación y los expertos en IA para determinar si se necesita más orientación para promover la previsibilidad y fiabilidad de los derechos de propiedad intelectual relativos a la tecnología de la IA y para fomentar una mayor innovación en esta esfera fundamental y en torno a ella".
El dictamen de la USPTO sobre la petición de invención de IA sigue dictámenes similares de la Oficina Europea de Patentes y la Oficina de Propiedad Intelectual del Reino Unido. La decisión de la USPTO se produjo en respuesta a dos patentes que habían sido creadas por un sistema de inteligencia artificial llamado DABUS y que se referían a una luz intermitente y a un contenedor de alimentos, por lo que se le conoce ampliamente como "decisión DABUS".
En cuanto a un interesante artículo sobre ese tema escrito por los socios Jason D. Krieser, Shawn C. Helms, Adam J. Camiel del renombrado bufete mundial de abogados McDermott, Will & Emery, que se publicó en su sitio web el 8 de mayo de 2020, la decisión clave de la USPTO de limitar la invención de las patentes estadounidenses a las personas físicas parece improbable que sea la respuesta definitiva sobre ese tema. En cuanto a los autores, la decisión de DABUS probablemente no será la última vez que la USPTO aborde el tema de la invención por máquina, ya que los sistemas de IA continúan avanzando y comienzan a parecerse más a los creadores humanos.
Por el momento, la IA sigue siendo vista como una herramienta de invención, más que como un inventor; sin embargo, si la ley cambia en el futuro, esta percepción también podría cambiar.
La decisión de la USPTO está disponible en la página de Inteligencia Artificial y en la página de Decisiones Finales del Comisionado de Patentes del sitio web de la USPTO. Se publicó de conformidad con el 37 CFR 1.14(e).
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