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20 June 2020
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¿Cómo reaccionó el gobierno de Nueva York ante la pandemia?

El 18 de marzo de 2020, el Decreto 202.6 (o su revisión) dispuso que todas las empresas y entidades sin fines de lucro del Estado de Nueva York utilizaran, en la mayor medida posible, cualquier procedimiento de teletrabajo o trabajo desde el hogar que pudieran utilizar con seguridad.

Se dispone que, a más tardar el 21 de marzo de 2020 a las 20.00 horas, cada empleador con o sin fines de lucro (excluyendo a los gobiernos y autoridades estatales y locales) deberá reducir la fuerza de trabajo en persona en cada empresa o lugar de trabajo en un 75% de los niveles de empleo anteriores a la declaración de emergencia.

Se ordena además que, a más tardar el 22 de marzo de 2020 a las 20.00 horas, cada empleador con o sin fines de lucro (excluidos los gobiernos y autoridades estatales y locales) reducirá la fuerza de trabajo en persona en cada empresa o lugar de trabajo en un 100% de los niveles de empleo anteriores a la declaración de emergencia.

Las empresas o entidades esenciales, incluidas las con o sin fines de lucro, independientemente de la naturaleza del servicio, la función que desempeñen o su estructura corporativa o de entidad, no están sujetas a la restricción en persona.  (Las empresas esenciales deben continuar cumpliendo con la guía y las directivas para mantener un ambiente de trabajo limpio y seguro emitidas por el Departamento de Salud).

Estas directrices son publicadas por el Departamento de Desarrollo Económico del Estado de Nueva York d/b/a Empire State Development y se aplican a cada ubicación empresarial individualmente y tienen por objeto ayudar a las empresas a determinar si se trata de una empresa esencial y los pasos para solicitar dicha designación.  Con respecto a las empresas o entidades que operan o proporcionan servicios, suministros o apoyo tanto esenciales como no esenciales, sólo están exentas de las restricciones las líneas y/o operaciones comerciales que son necesarias para apoyar los servicios, suministros o apoyo esenciales.

A los efectos del Decreto 202.6, por "actividades comerciales esenciales" se entiende:

1. Operaciones esenciales de atención de la salud que incluyen:

  • servicios de investigación y laboratorio
  • hospitales
  • centros de salud sin cita previa
  • servicios veterinarios y ganaderos de emergencia
  • cuidado de ancianos
  • venta al por mayor y distribución médica
  • trabajadores de atención médica en el hogar o ayudantes para los ancianos
  • médico y dentista de emergencia
  • hogares de ancianos, o instalaciones de atención médica residencial o instalaciones de atención congregada
  • fabricantes y proveedores de suministros y equipo médico

2. Infraestructura esencial, incluyendo:

  • servicios públicos como la generación de energía, el suministro de combustible y la transmisión
  • agua pública y aguas residuales
  • telecomunicaciones y centros de datos
  • aeropuertos/ aerolíneas
  • infraestructura de transporte como autobuses, trenes o vehículos de alquiler, garajes
  • hoteles, y lugares de alojamiento

3. Fabricación esencial, incluyendo:

  • procesamiento de alimentos, agentes de fabricación, incluidos todos los alimentos y bebidas
  • productos químicos
  • equipo médico/instrumentos
  • farmacéuticos
  • productos sanitarios
  • telecomunicaciones
  • microelectrónica/semiconductores
  • agricultura/granjas
  • productos de papel para el hogar

4. Venta al por menor esencial, incluyendo:

  • tiendas de comestibles, incluyendo todas las tiendas de alimentos y bebidas
  • farmacias
  • tiendas de conveniencia
  • los mercados de los agricultores
  • estaciones de servicio
  • restaurantes/bares (pero sólo para comida para llevar/entrega)
  • ferretería y almacenes de material de construcción

5. Servicios esenciales, incluidos:

  • recogida, procesamiento y eliminación de basura y reciclaje
  • servicios de correo y envío
  • lavanderías
  • limpieza y mantenimiento de edificios
  • servicios de cuidado de niños
  • reparación de automóviles
  • almacén/distribución y cumplimiento
  • funerarias, crematorios y cementerios
  • almacenamiento para negocios esenciales
  • refugios para animales

6. Medios de comunicación

7. Instituciones financieras, entre ellas:

  • bancos
  • seguro
  • nómina
  • contabilidad
  • servicios relacionados con los mercados financieros

8. Proveedores de artículos de primera necesidad a poblaciones económicamente desfavorecidas, entre ellos:

  • refugios para personas sin hogar y centros de atención colectiva
  • bancos de alimentos
  • proveedores de servicios humanos cuya función incluye la atención directa de los pacientes en programas voluntarios financiados o autorizados por el Estado; el cuidado, la protección, la custodia y la supervisión de personas tanto en la comunidad como en instalaciones residenciales autorizadas por el Estado; los que administran refugios comunitarios y otros organismos de servicios humanos críticos que proporcionan atención o apoyo directos

9. La construcción, incluyendo:

  • oficios especializados como electricistas, fontaneros
  • otras empresas y profesionales de la construcción relacionados con la infraestructura esencial o con fines de reparación y seguridad de emergencia

10. Defensa:

  • operaciones relacionadas con la defensa y la seguridad nacional que apoyan al gobierno de los EE.UU. o a un contratista del gobierno de los EE.UU.

11. Servicios esenciales necesarios para mantener la seguridad, el saneamiento y las operaciones esenciales de las residencias u otros negocios esenciales, incluidos:

  • la aplicación de la ley
  • prevención y respuesta a los incendios
  • aplicación del código de construcción
  • seguridad
  • gestión y respuesta a emergencias
  • limpiadores o conserjes de edificios
  • mantenimiento general, ya sea empleado por la entidad directamente o por un proveedor
  • reparación de automóviles
  • desinfección

12. Proveedores que prestan servicios o productos esenciales, como apoyo logístico y tecnológico, cuidado de niños y servicios:

  • logística
  • apoyo tecnológico a los servicios en línea
  • programas y servicios de cuidado de niños
  • edificios de propiedad del gobierno o alquilados
  • servicios gubernamentales esenciales
  • Si la función de su empresa no figura en la lista anterior, pero usted cree que es esencial o se trata de una entidad que presta servicios o funciones esenciales, puede solicitar la designación como empresa esencial.

No se ordena el cierre de las casas de culto, sin embargo se recomienda encarecidamente no celebrar servicios de congregación y mantener la distancia social.

Se insta encarecidamente a todas las empresas a que mantengan la distancia social en la medida de lo posible, incluso si son designadas como esenciales.

Las solicitudes de las empresas para ser designadas como una función esencial como se describe anteriormente, sólo deben hacerse si NO están cubiertas por la guía.

Para solicitar la designación como empresa esencial, por favor haga clic aquí. (Todos los campos de este formulario deben ser completados para ser considerados para la designación exenta).

Restricciones para solicitar la designación como empresa esencial:

Cualquier empresa que sólo tenga un único ocupante/empleado (es decir, una gasolinera) se ha considerado exenta y no necesita presentar una solicitud para ser designada como empresa esencial.

Los negocios a los que se les haya ordenado cerrar el lunes 15 de marzo de 2020 bajo las restricciones de cualquier reunión con 50 o más participantes, incluyendo pero no limitándose a bares, restaurantes, gimnasios, cines, casinos, auditorios, conciertos, conferencias, servicios de culto, eventos deportivos y centros de acondicionamiento físico, se presume que cumplen con las restricciones emitidas por el Estado de Nueva York y deben permanecer cerrados y no son elegibles para ser designados como negocios esenciales a los efectos de esta guía.

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