Arbitraje: Conoce lo relevante sobre el nuevo Reglamento arbitral de la ICC
El 1 de enero de 2021 entrará en vigor el Reglamento de Arbitraje de la CCI revisado ("Reglamento de la CCI 2021"). En concreto, este reglamento expone varias disposiciones nuevas destinadas a proporcionar una mayor eficiencia, flexibilidad y transparencia a los procedimientos arbitrales, entre las que destacan la regulación de procedimientos de múltiples partes, el nombramiento del tribunal arbitral o disposiciones sobre los terceros financiadores.
Este nuevo reglamento contiene modificaciones relevantes:
- Obligación de divulgación de los acuerdos de financiación de terceros
- Opción de solicitar al tribunal la emisión de un laudo adicional sobre cuestiones omitidos por el propio tribunal. Las partes disponen de 30 días, desde la recepción del laudo arbitral, para solicitar al tribunal la emisión del laudo adicional.
- Disposición de nuevas normas relativas a la acumulación y consolidación en las controversias entre múltiples partes.
- En los arbitrajes de inversión, ninguno de los árbitros tendrá la misma nacionalidad que ninguna de las partes de la inversión.
La crisis de la pandemia ha tenido repercusión en el nuevo articulado de este Reglamento, ya que por medio del artículo 26.1, el tribunal arbitral puede decidir, previa consulta con las partes, celebrar audiencias probatorias por la vía presencial, o por las vías telemáticas.
También este Reglamento permite a las partes presentar únicamente los documentos por vía electrónica y así eliminar el requisito exigido para la presentación en papel de los documentos.
A continuación, adjuntamos el documento comparativo entre el Reglamento de la ICC de 2021 con el publicado en 2017.
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